Entre el 23 de enero y el 1º. de febrero de 2008, se dio inicio a las actividades formales de los cinco (5) Comités Regionales de ASO-CDA:
• Distrito Capital
• Costa Caribe
• Antioquia - Eje Cafetero
• Oriental
• Sur Occidental (Cali, febrero 1).
REGLAMENTO COMITES REGIONALES “ASO-CDA”
I.- QUIENES CONFORMAN EL COMITÉ REGIONAL El Comité Regional estará conformado por todos los Centros de Diagnóstico Automotor de la región (en adelante CDA´S), que sean Asociados a la ASOCIACION NACIONAL DE CENTROS DE DIAGNOSTICO AUTOMOTOR – ASO-CDA; y cuya afiliación se encuentre vigente al momento de las reuniones. La calidad de Asociado, otorga derecho al CDA del caso, para participar con derechos a voz y voto en las sesiones de Comité. El número de asistentes será reglamentado por el propio Comité.
II.- PRESIDENTE DEL COMITÉ REGIONAL El Comité podrá ser presidido por la persona que haya sido designada en la Asamblea General de Asociados como “Principal” en el denominado “Escaño Propio” de la Regional. No obstante el propio Comité podrá decidir con el voto de la mayoría de los CDA´S representados en la reunión, que la Presidencia sea ocupada por una persona diferente al Miembro de Junta en cita.
III.- SECRETARIO(A) DEL COMITÉ REGIONAL Actuará como Secretario(a) del Comité, la persona que previamente sugerida por el Presidente del Comité con tal fin, sea contratada por ASO-CDA. Tendrá a su cargo, en adición a las demás labores propias del cargo que le señale el Presidente del Comité, la redacción de las actas del Comité y la custodia del Libro respectivo.
IV.- SEDE, REUNIONES Y QUORUM DEL COMITÉ REGIONAL La sede del Comité Regional podrá ser la ciudad del domicilio del Presidente del mismo. Se reunirá al menos cada dos (2) meses previa convocatoria del Presidente, y las copias de las actas fruto de tales reuniones deberán enviarse periódicamente a la Presidencia de ASO-CDA. Por decisión del Presidente del Comité, podrán realizarse reuniones del Comité en cualquier ciudad de la Regional, como política de participación comunitaria. Por política la Presidencia del Comité deberá propiciar el ambiente necesario de conciliación, que permita adoptar las decisiones de manera unánime. Si ello no es posible, la posición oficial del Comité en relación con los asuntos que sean sometidos a su consideración, se adoptará con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno de los CDA´S que integran la Regional.
V.- FONDOS DE SOSTENIMIENTO DEL COMITÉ REGIONAL El sostenimiento del Comité Regional, como de la sede y pago del salario y prestaciones sociales del(la) Secretario(a), serán asumidos por la Dirección Central de ASO-CDA, conforme al presupuesto de ingresos y gastos que se aprobado por la Asamblea General de Asociados para cada ejercicio anual. Por regla general, salvo los gastos de arrendamiento de la sede y salarios y prestaciones sociales del(la) Secretario(a), los demás se deberán legalizar periódicamente mediante el sistema de reembolso. En todo caso, en la primera reunión oficial del Comité Regional, deberá considerarse el presupuesto mensual del Comité, para ser sometido a aprobación por parte de la Junta Directiva de la Asociación.
VI.- FUNCIONES DEL COMITÉ REGIONAL El Comité Regional tendrá las siguientes funciones:
1. Servirá de órgano consultivo de primer nivel, respecto de inquietudes que presenten los Asociados de la Regional.
2. Proponer a la dirección central de ASO-CDA, planes de acción, programas de educación, capacitación y asesorías en asuntos que interesan al gremio o a la región.
3. Evaluar, unificar, decidir y trasladar a la Junta Directiva por conducto del Presidente de la Asociación, las propuestas, quejas o reclamos que sean consideradas en el Comité.
4. Servir de órgano de primera instancia, para resolver conflictos entre los Asociados de la Regional.
5. Elegir las personas que serán presentadas ante la Asamblea General de Asociados, para integrar el denominado “Escaño Propio” de la Regional ante la Junta Directiva.
6. Cumplir y hacer cumplir el CODIGO DE CONDUCTA Y BUEN GOBIERNO.
7. Las demás que le sean delegadas por la Junta Directiva de ASO-CDA.
VII.- SEGUNDA INSTANCIA DEL COMITÉ REGIONAL Conforme a los estatutos de ASO-CDA, el Comité Regional deberá remitir para el conocimiento de la Junta Directiva, todos aquellos casos en los cuales se requiera de una segunda opinión, o dirimir en segunda instancia controversias entre los Asociados de la Regional. La Presidencia incluirá estos temas en el orden del día de la siguiente reunión de la Junta Directiva.